La DNIT dispuso que contribuyentes del IRE obligados a presentar Estados Financieros en el marco de la Obligación 948 amplíen la información sobre utilidades, reservas y resultados acumulados.
A quién alcanza
La medida se dirige a contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial obligados a presentar Estados Financieros dentro de la Obligación 948. Alcanza a estados financieros cerrados a partir del 31 de diciembre de 2025.
Qué información debe ampliarse
La DNIT informó que las notas deberán detallar la composición y el destino de utilidades y resultados acumulados.
- Conciliación de utilidades acumuladas.
- Utilidades susceptibles de distribución.
- Dividendos o utilidades distribuidos.
- Utilidades capitalizadas, reservas constituidas y montos pendientes de distribución.
Qué conviene revisar antes de presentar
- Si la empresa se encuentra alcanzada por la Obligación 948.
- La conciliación entre saldos contables y la información que se expondrá en notas.
- La documentación que respalda distribuciones, capitalizaciones o reservas.
- Que el destino informado de los resultados sea consistente entre registros y estados financieros.
Por qué importa para la gestión
El cambio no se limita al formato de una nota. Requiere que la información sobre resultados acumulados y su destino pueda explicarse y conciliarse de manera clara.
La nota resume la fuente oficial citada. Antes de aplicarla a su empresa, confirme que la disposición siga vigente y que realmente le corresponda.